1. ¿Puede rebajarse el salario del trabajador?
R: / no, antes anualmente se debe aumentar
2. ¿Quien hace el pago del salario?
R: / el empleador
3. ¿Como se hace el pago?
R: / el trabajador
4. ¿Como se hace el pago?
R: / dependiendo del tiempo trabajo.
5. ¿Donde se paga?
R: /consigna a los bancos o muy pocas veces en efectivo
6. ¿Cuando se paga el salario sin prestación de los servicios?
R: /vacaciones, incapacitación
7. ¿El salario es embargable?
R: /si, máximo el 50%
LIQUIDACION DE NOMINA
La nomina es un documento de soporte donde el empleador relaciona los pagos de cada periodo contable a sus trabajadores. Consta de tres partes:
1- Es la parte informativa donde se relaciona todo el encabezamiento: razón social de la empresa, NIT, periodo de pago, nombre del documento, nombre y cargo del trabajador, días laborados, consecutivo, salario básico.
2-Consta del devengado y el deducido.
3- La conforman los parafiscales y las deducciones o apropiaciones para prestaciones sociales y las firmas de quien elabora, revisa y aprueba.
VALOR DEVENGADO
Esta constituido por
JORNADA MAXIMA
La duración máxima legal es de 8 horas al día y de 48 horas a la semana la jornada de trabajo del menor entre 12 y 14 años, 4 horas días y 24 horas semanales de 14 y 16 años 6 horas diarias y 36 horas semanales.
TRABAJO DIURNO Y NOTURNO
El trabajo diurno esta comprendido entre las 6 am y las 10pm y el trabajo nocturno entre las 10pm y las 6am. El trabajo nocturno se remunera con un recargo del 32%.
DESCANSO DEL DIA SABADO
Para el descanso del sábado se pueden repartir las 48 horas semanales, aplicando la jornada ordinaria hasta 2 horas.
TRABAJO EXTRA
Es el que excede la jornada ordinaria y la máxima legal, los recargos son:
- Extra Diurna Ordinaria: 1.25 factor, recargo del 25%
- Extra Nocturna Ordinaria: 1.75 factor, recargo del 75%
- Extra Dominical y Festiva: 1.75 factor, recargo del 75%
- Extra Dominical y Festiva Nocturna: 2.10 factor, recargo del 110%
- Extra Diurna Festiva: 2.00 factor, recargo del 100%
- Extra Nocturna Festiva: 2.50 factor, recargo del 150%
- Recargo Nocturno: 0.35 factor, recargo del 35%
r las sumas que el empleador paga al trabajador de acuerdo a la legislación laboral y esta formado por los distintos conceptos que constituyen salario.
CONSTITUYEN:
· Salario básico
· Salario básico devengado
· Salario mínimo
REMUNERACION
Del trabajo ordinario y suplementario.
JORNADA ORDINARIA
Es la que conviene el empleador y el trabajador o a falta de convenio la máxima legal
TOTAL DEVENGADO
Es la suma de todo lo que se gana el trabajador: salario devengado, auxilio de transporte, comisiones, extras, y recargos, entre otros.
DEDUCCIONES
El empleador esta autorizado para deducir por nomina: salud, pensiones, fondo de solidaridad y retención en la fuente. Con autorización escrita del trabajador: cooperativa, libranza, sindicatos, demandas, etc.
PARAFISCALES
Son los soportes que le empleador debe hacer a otras entidades de acuerdo a la ley, como son:
- SENA (Servicio Nacional De Aprendizaje): El empleador debe aportar del total de la nomina, el 2% para subsidiar el estudio se los colombianos. No se tiene en cuenta el subsidio de transporte (Total Devengado menos Subsidio de Transporte por 2%).
- ICBF (Instituto Colombiano De Bienestar Familiar): Es el aporte que el empleador hace para subsidiar a la niñez desamparada. (Total Devengado menos Subsidio de Transporte por 3%).
- CAJA DE COMPESACION FAMILIAR: El empleador aporta un 4% del total de la nomina para recreación, y programas de bienestar social de toda comunidad. (Total Devengado por 4%).
- RIESGOS PROFESIONALES: Toda empresa debe afiliar a sus trabajadores a una entidad administradora de riesgos profesionales (ARP) con el fin de prevenir, proteger y atender a los trabajadores en caso de enfermedades profesionales o de accidentes como consecuencia de su trabajo. La tabla de riesgos 0.348% hasta 8.700%. (Total Devengado menos subsidio de transporte por 0.348% o la aplicada por la empresa)
PROVISION PARA PRESTACIONES SOCIALES
Todo empleador, debe guardar, aprovisionar o apropiarse de dinero para el pago de prestaciones sociales de sus empleados, así:
- Cesantías: el 8.33% del total de la nomina.
- Intereses sobre Cesantías: el 1% del total del devengado
- Vacaciones: Total devengado por el 4.17%
- Prima: total devengado por el 8.33%
Para finalizar se totaliza provisión, parafiscales y neto pagado y nos da el gran total. Se finaliza con la firma de las personas que elaboran la nomina, que la revisan y aprueban.
FORMULAS:
- Salario básico devengado: salario básico/3 x número de días trabajados
- Subsidio de transporte: $55.000
- Salud: total devengado – subsidio de transporte x 4%
- Fondo de pensiones: total devengado x 4%
- Fondo de solidaridad: salario básico x 1%
- Retención en la Fuente: total devengado –fondo de pensiones- fondo de solidaridad x 75% /20.974 (UVT) – 150UVT x 28% + 10UVT x 20.974UVT.
- Neto pagado: total devengado- total deducido.
Otros: *cooperativa= 1% al 5% (salario básico x %)
*sindicato= 1% al 5% (salario básico x %)
*demandas= 1% al 5% (salario básico x %)
- Comisiones: total vendido x 8%
- Parafiscales: *salud=total devengado – subsidio de transporte x 8.5%
*fondo de pensiones: total devengado – subsidio de transporte.
domingo, 7 de junio de 2009
Aspectos del salario
Publicado por Yulisita en 12:08
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